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Nueva normativa sobre aplicación de plaguicidas genera críticas en la agroindustria

Nueva normativa sobre aplicación de plaguicidas genera críticas en la agroindustria

Requisitos de aviso previo y gestión de envases fitosanitarios dividen opiniones en el sector agrícola.



Jueves 6 de marzo de 2025.- El Ministerio de Agricultura publicó el pasado 20 de enero la Resolución Exenta N°243, normativa que regula la compraventa, almacenaje, manipulación y aplicación de plaguicidas agrícolas en el país. La medida, ejecutada a través del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), entrará en vigencia el 20 de enero de 2026 para la mayoría de los productores y un año después para la agricultura familiar campesina e indígena. Su objetivo es garantizar la seguridad en el uso de plaguicidas, mejorar la trazabilidad y reducir la "deriva" o dispersión no controlada de estos productos.

Entre las principales exigencias establecidas en la norma destaca la notificación obligatoria al SAG, con 48 horas de anticipación, antes de realizar aplicaciones terrestres de plaguicidas. En casos de emergencia justificada, el plazo se reduce a 24 horas. Además, se fijaron nuevas regulaciones para la gestión de envases fitosanitarios y el almacenamiento de productos, con sanciones que pueden alcanzar las 150 UTM en caso de incumplimiento, incrementándose en situaciones de reincidencia.

Desafío para los agricultores

Uno de los puntos más controversiales de la norma es el requisito de notificación con 48 horas de anticipación al SAG para la aplicación terrestre de plaguicidas. Este punto ha sido criticado por agricultores y expertos en derecho agrícola, quienes cuestionan su viabilidad operativa en un sector altamente dependiente de condiciones climáticas y de plagas variables.

El ex gobernador de Ñuble, Martín Arrau, advirtió en redes sociales sobre los efectos negativos de esta obligación. "La notificación de 48 horas es imposible de planificar... Esto va a terminar amontonado por ahí y nadie se hará cargo del aumento de costos, complicaciones... el Estado es parte del problema", indicó el también ex constituyente.

Por su parte, Sebastián Leiva, socio y abogado de recursos naturales de Araya & Cía, destacó el impacto que esta regulación tendrá en la operatividad del sector. "Esta normativa ha generado debate en el sector agrícola, especialmente sobre el requisito de aviso previo de 48 horas al SAG para la aplicación de plaguicidas vía terrestre, considerando que estas decisiones son de acción inmediata", expresó.

Lo anterior implicará un alto volumen de notificaciones. Si cada predio agrícola realiza varias aplicaciones por temporada y para distintos cultivos, el sistema de registro deberá gestionar un número significativo de solicitudes. Aún no se ha informado cómo el SAG administrará este flujo de datos, ni si habrá medidas para evitar demoras o sobrecarga en la plataforma de notificación.

Además, la implementación de este sistema enfrenta desafíos logísticos en zonas rurales con conectividad limitada a internet, lo que podría dificultar el cumplimiento de la normativa. Agricultores de menor escala y adultos mayores podrían ser los más afectados por la obligatoriedad de reportar digitalmente cada aplicación de plaguicidas.

Gestión de envases fitosanitarios

Otro punto de debate es la gestión de envases fitosanitarios. La resolución establece nuevos procedimientos para el almacenamiento y eliminación de estos recipientes, con el fin de reducir riesgos ambientales y garantizar un manejo adecuado de los residuos. Sin embargo, el abogado Sebastián Leiva afirmó que "estas normas llevan a confusión con otras normas relativas a gestión de residuos".

La norma contempla un período de adaptación diferenciado. Mientras que la mayoría de los productores deberá cumplir las nuevas obligaciones desde enero de 2026, la agricultura familiar campesina e indígena contará con un año adicional para implementar los cambios, hasta enero de 2027.