Jueves 18 de mayo de 2023.- El Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático (CMSyCC), instancia que preside la ministra del Medio Ambiente Maisa Rojas, aprobó esta mañana dos reglamentos clave para la implementación de la Ley Marco de Cambio Climático, la que tiene como objetivo que el país sea carbono neutral a más tardar al 2050 y resiliente al clima.
Al respecto, la ministra Rojas comentó que "la aprobación de estos dos reglamentos es un paso muy relevante en la implementación de la Ley de Cambio Climático, crucial para enfrentar este fenómeno en el país y aportar en la protección del planeta. Tenemos el deber de ser resilientes al clima y carbono neutrales a más tardar al 2050. Necesitamos seguir trabajando todos y todas juntas para lograr un futuro sostenible".
El primer reglamento establece los procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático, que son las herramientas de políticas públicas esenciales para cumplir con los objetivos y las metas establecidas en la ley marco sobre la materia. Con este reglamento se regula desde la creación de estos instrumentos, hasta su posterior actualización, estableciendo cómo la Administración deberá cumplir sus funciones para enfrentar el cambio climático por los próximos 30 años.
El segundo reglamento define la conformación y funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial (ETICC) y los Comités Regionales para el Cambio Climático (CORECC), lo que permite implementar el modelo de gobernanza de la Ley Marco de Cambio Climático. Mientras el ETICC, liderado por el Ministerio del Medio Ambiente, coordina la elaboración de instrumentos a nivel nacional y sectorial, los CORECC promueven y facilitan la gestión del cambio climático a nivel regional y local.
Plan de Descontaminación Atmosférica
El CMSyCC también aprobó el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para Catemu, Panquehue y Llaillay, zona que fue previamente declarada como saturada por material particulado 10 (MP10) y latente para dióxido de azufre (SO2).
El proceso de elaboración del PPDA para esta zona se inició en 2019 con el fin de dar cumplimiento y recuperar los niveles establecidos en las normas primarias de calidad ambiental de aire asociadas a los contaminantes MP10 y SO2. Se trata de un plan que tendrá una vigencia de diez años, con un plazo de cinco años para salir de la condición de saturación por MP10 y de latencia por SO2.
Entre las principales medidas que considera el PPDA está el control de emisiones sobre fuentes puntuales como son las faenas mineras, quemas agrícolas y forestales, plantas de extracción de áridos, calefacción residencial y fuentes móviles. Asimismo, contempla medidas la compensación de emisiones.
Además, se incorporaron acciones de seguimiento y vigilancia de la calidad de aire, difusión y educación ambiental. También incluye un periodo de gestión de episodios críticos por calidad del aire y la fiscalización, verificación del cumplimiento y actualización de la iniciativa.
Este plan busca reducir los niveles de MP10 a 25 microgramos por metro cúbico (µg/m3) al 2032. La disminución de la concentración anual para MP10 implicaría salir del estado de saturación de la norma de 50 ug/m3 desde el año 2026 en adelante.
A su vez, la baja de la concentración anual para SO2 busca el objetivo de prevenir la superación de la norma anual de 23 partes por billón (ppbv). Las medidas de reducción de emisiones de SO2 permitirían alcanzar un nivel de 17,9 ppbv de SO2. Esta concentración se estima considerando una proporcionalidad directa entre las emisiones y concentraciones de SO2.