Revista de descontaminación industrial, recursos energéticos y sustentabilidad.

Ordenan retrotraer evaluación ambiental de relleno sanitario que opera en Alto Hospicio

Ordenan retrotraer evaluación ambiental de relleno sanitario que opera en Alto Hospicio

La Tercera Sala de la Corte Suprema atendió las reclamaciones de los vecinos que podrían verse afectados por el emplazamiento y funcionamiento del vertedero sobre una falla geológica activa.



Viernes 2 de septiembre de 2022.- La Corte Suprema acogió la reclamación interpuesta por organizaciones sociales y ordenó retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental del relleno sanitario San Inés, ubicado en Alto Hospicio, hasta contar con estudios, informes y otros antecedentes que acrediten la idoneidad del proyecto.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus– estableció error de derecho en la resolución impugnada, dictada por el Primer Tribunal Ambiental, al no tramitar las impugnaciones presentadas por las organizaciones que representan a los vecinos que podrían verse afectados por el emplazamiento y operatividad del relleno sobre una falla geológica activa.

En relación a esto, la resolución señala: "Es posible observar que los reclamantes fundan la afectación de sus intereses, en la incertidumbre que genera la instalación de un relleno sanitario sobre una falla geológica activa, dado que el emplazamiento no es una cuestión que haya sido analizada y ponderada adecuadamente durante la evaluación ambiental del proyecto, como tampoco en la etapa recursiva, pues los antecedentes incorporados por el titular fueron escasos y carentes de la certeza que exige un asunto de esta naturaleza. La misma deficiencia es identificada a propósito de los riesgos y peligros sísmicos del lugar de emplazamiento, así como los efectos del relleno sanitario en la vida y salud de la población y el medio circundante, los cuales tampoco habrían sido debidamente ponderados en dicha oportunidad".

Luego añade: "Es así que sus alegaciones se construyen sobre la base del derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, vinculado no solo a la residencia de los vecinos en la comuna de Alto Hospicio y el sector El Boro, sino que, más importante aún, a la manera en que el desarrollo del proyecto ocasionará una afectación negativa a los habitantes de la localidad, así como también a sus derechos garantizados a nivel constitucional".

El fallo judicial pone en jaque la Resolución de Calificación Ambiental N° 1.226, del 24 de octubre de 2018, que aprobó dicha iniciativa, y también la operación del relleno sanitario, perteneciente a la empresa Cosemar, que actualmente recibe los residuos domiciliarios generados en Alto Hospicio e Iquique, luego que en diciembre pasado se concretara el cierre del vertedero El Boro. Frente a esta inquietud, desde la compañía aseguraron que las condiciones impuestas por la Corte Suprema no significan que se dejará de prestar el servicio.