Miércoles 7 de diciembre de 2022.- El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia de reclamación de diversas automotoras, asociada a la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP), específicamente respecto de las obligaciones de la industria automotriz en relación con la disposición de los neumáticos usados.
Se trata de la primera reclamación en el país que ingresó a los tribunales ambientales del país asociada a la Ley REP.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), y Cristián López Montecinos, y la ministra Daniella Sfeir Pablo. Los alegatos fueron realizados por los abogados Zarko Luksic Sandoval, en representación de PSA Chile S.A. y otros, y Osvaldo Solís Mansilla, por el Fisco de Chile (ministerios del Medio Ambiente y Hacienda)
La reclamación, que ingresó al Segundo Tribunal Ambiental en febrero de 2021, fue presentada por ANAC A.G., PSA Chile S.A. (representante de Peugeot y Opel), Newco Motor Chile SpA (Chery), Comercial Chrysler SpA (Chrysler), Ssangyong Motor Chile SpA (Ssangyong), Comercial Itala (Fiat y Ram) y South Pacific Motor Chile SpA (MG), y apunta a las actuaciones que, "como órganos de la Administración Central del Estado han tenido el Ministerio del Medio Ambiente y Ministerio de Hacienda, por la dictación del Decreto Supremo N°8 del MMA (de 28 de mayo de 2019) que establece metas de recolección y valorización y otras obligaciones asociadas a neumáticos.
Las reclamantes solicitan al Tribunal que declare ilegal dicho decreto, anulándolo en todas sus partes y dando a lugar a las peticiones concretas por ellos formuladas. Argumentan que el decreto presenta importantes vicios de constitucionalidad y legalidad, que les generan un importante perjuicio.
En tanto el Consejo de Defensa del Estado, en representación de los ministerios, sostiene que la reclamación carece de todo fundamento, por tanto solicita que el Tribunal rechace el reclamo en todas sus partes.
Detalla que el D.S. N°8/2019 "ha dado estricto cumplimiento a la Ley N°20.93' (Ley REP) al identificar los productos prioritarios a los que aplica. En efecto, dicha Ley lista los productos prioritarios, entre los que se encuentran los neumáticos, sin realizar distinción alguna. Es precisamente por ello que el Decreto reclamado hace explícita dicha circunstancia señalando que la REP es aplicable a todo tipo de neumáticos, sea que se vendan como neumáticos de reposición o formen parte de un vehículo o maquinaria de cualquier tipo".
Antecedentes:
- 17 de mayo de 2016: se promulga la Ley N°20.920 que establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento del reciclaje.
- 20 de enero de 2021: se publicó en el Diario Oficial el Decreto N°8 del Ministerio del Medio Ambiente.
- 24 de febrero de 2021: las reclamantes ingresaron ante el Tribunal la reclamación en contra del Fisco de Chile.
- 9 de agosto de 2021: el Tribunal tuvo a Nissan Chile SpA como tercero coadyuvante de las reclamantes.