Viernes 10 de noviembre de 2023.- El Segundo Tribunal Ambiental autorizó la prórroga parcial que suspende de manera transitoria la instalación de 17 torres del tendido eléctrico de alta tensión que forman parte del proyecto "Nueva Línea 2x220 Nueva Alto Melipilla - Nueva Casablanca - La Pólvora- Agua Santa", cuyo titular es Casablanca Transmisora de Energía.
La medida se dictó debido a que la iniciativa no cuenta con un plan de rescate y relocalización aprobado por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), de distintas especies vegetales geófitas que se verían afectadas por la construcción de la línea de transmisión eléctrica de doble circuito de 106,84 km de longitud que pasa por las comunas de Melipilla, San Antonio, Cartagena, Casablanca, Valparaíso y Viña del Mar. El proyecto, además, contempla la construcción de la subestación eléctrica Nueva Casablanca 220/66 kV.
La suspensión tendrá una vigencia de 30 días corridos, a contar del vencimiento de la medida ordenada el 8 de noviembre de 2023 (que renovó por segunda vez la medida de suspensión temporal de la instalación de 94 torres del trazado), e incluye las gestiones de preparación de terreno, trazado de caminos y de rescate de individuos de geófitas.
"De acuerdo con las consideraciones expresadas en los párrafos precedentes y los documentos acompañados a la solicitud, este Ministro es del parecer que existen antecedentes que, preliminarmente, sugieren que persiste un eventual incumplimiento de parte del titular del proyecto de la obligación contenida en el punto 12.1 de la RCA N° 202399001/2023", concluye la resolución dictada por el ministro de turno, Cristián López.
Dicho compromiso estableció como condición previa a la fase de construcción de la iniciativa, liberar las áreas de afectación directa del proyecto por sus obras físicas -estructuras y caminos- con el objeto de asegurar que los ejemplares de especies de geófitas en estado de conservación no fueran afectados. Para ello la empresa debía realizar una actualización de la información de geófitas, que permita su identificación a nivel de especie, y en caso de identificar ejemplares en estado de conservación en áreas del proyecto en donde se ejecutarán sus obras físicas, elaborar y presentar un plan para su rescate y relocalización ante el SAG para su aprobación.
La resolución del Tribunal Ambiental explica que –según lo informado por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)– se visualiza la inminencia de un eventual peligro al constatar que ya se han generado acciones de retiro de vegetación respecto de 77 torres sin contar con la aprobación del Plan de rescate y relocalización por la autoridad competente.
"En cuanto al riesgo grave e inminente para el medio ambiente, se aprecia por este Ministro que, del eventual incumplimiento anteriormente referido, (...) es dable precaver que podrá originarse algún tipo de afectación a las especies en estado de conservación, a saber, la Chloraea disoides, (en peligro crítico), Gilliesia graminea (vulnerable), Leucocoryne foetida (vulnerable), Alstroemeria pulchra Sims subsp. Pulchra var. Pulchra (preocupación menor) y Conanthera campanulata (preocupación menor) en el trazado de las 17 torres ya individualizadas", indicó López.
Cabe recordar que la SMA –organismo que solicitó la autorización de la medida– se encuentra desarrollando un procedimiento administrativo sancionatorio en contra del titular del proyecto, por actualizar la información de geófitas en las áreas de afectación directa, en época no favorable y de forma posterior al inicio de la fase de construcción. Dicha infracción fue calificada preliminarmente como de carácter grave.
En este sentido el ministro López señaló que "se hace presente que en tres oportunidades se ha solicitado la prórroga de la Medida Urgente y Transitoria, siendo relevante no perder de vista que dicha medida es de última ratio y esencialmente de carácter provisional, por lo que se insta a la SMA evaluar medidas alternativas y de conformidad con sus facultades para facilitar a futuro la solución de los problemas identificados en autos, y que se adopte una actitud activa instruyendo y actuando coordinadamente con los Órganos de la Administración del Estado que deban intervenir en la materia, en aplicación del principio de coordinación, así como, finalmente, proporcionar la debida asistencia al titular del proyecto. Lo anterior, se advierte especialmente en relación con la situación de las 7 torres respecto de las cuales el titular no ha presentado la actualización de la información de geófitas, en atención a las complejidades informado por éste".