Jueves 6 de octubre de 2022.- La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cuatro cargos contra Minera Ojos del Salado, titular del proyecto "Continuidad Operacional Mina Alcaparrosa" (RCA N°158/2017), por el socavón de más de 60 metros de profundidad que apareció el día 30 de julio de 2022 a solo 900 metros al noroeste de la zona urbana de Tierra Amarilla.
Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra explicó: "Este proceso sancionatorio se inicia luego de analizar toda la información recabada en terreno por el equipo de la Oficina Regional de Atacama de la SMA, información entregada por Sernageomin y la DGA (Dirección General de Aguas), junto a los reportes entregados por la minera en el marco de medidas provisionales dictadas pocos días después de la aparición del socavón".
En cuanto a las infracciones que originaron los cargos, una fue clasificada como gravísima: la modificación de la infraestructura minera ambientalmente evaluada, lo cual habría generado un daño irreparable al acuífero del río Copiapó. Así lo constatan la modificación del sistema de drenaje subterráneo, con la incorporación de piscinas subterráneas en los niveles 335, 270 y 205 (para manejar aguas afloradas); y la ejecución de infraestructura minera hasta el nivel 350 en el sector Gaby, cercano al nivel freático del acuífero del río Copiapó.
Un segundo incumplimiento, catalogado como grave, fue la sobre extracción de mineral en Mina Alcaparrosa, lo cual se comprobó con el sobrepaso de la tasa de producción durante 2019.
"La instructora del caso y la investigación de la oficina regional permitió vincular el socavón con la sobre extracción de mineral. Además, cuando ocurrió el evento comenzaron a filtrarse dentro de la mina grandes cantidades de agua desde lugares donde la empresa intervino más allá de lo considerado en la evaluación ambiental", añade Ibarra.
La SMA formuló además dos cargos leves que se sustentan en el incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral, lo que se constató en dos hechos: la operación de camiones con tonelaje superior al establecido en RCA N°158/2017, y no haber obtenido la autorización de la Dirección de Vialidad para el tránsito con sobrepeso por caminos públicos. El último cargo se sustenta en la modificación del destino de recepción del mineral ambientalmente evaluado, pues según el permiso entregado éste se llevaría en su totalidad a la Mina Candelaria, lo cual no ha sido así.
Multas, clausura o revocación de RCA
Cabe destacar que las infracciones leves pueden ser objeto de multas hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En tanto, las infracciones graves, pueden ser objeto de multas hasta 5.000 UTA, clausura o revocación de la RCA. Y respecto a las infracciones gravísimas, el titular arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). De este modo, la empresa arriesga una sanción monetaria total de hasta 17.000 UTA, sobre $12.300 millones.
Sobre lo anterior, el Superintendente del Medio Ambiente (S) indicó que "con esta formulación se abre un procedimiento donde deberá ponderarse la visión de la comunidad; la de la Municipalidad que es parte interesada en el caso; y las defensas que presente la empresa, para luego de ello tomar la decisión y determinar las sanciones que corresponden aplicar". Ibarra agregó que Minera Ojos del Salado "tiene 10 días para presentar un programa de cumplimiento en aquellos cargos que se puede hacer y 15 días para presentar su defensa. También estamos haciendo un trabajo coordinado con el Sernageomin y la DGA para buscar una solución al paso del agua hacia dentro de la minera".